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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 126
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 126
Debe otorgarse la protección federal contra el laudo que se apoyó para condenar al quejoso, en determinados documentos, omitiendo el análisis individual y sin relacionarlos posteriormente en conjunto, con los demás documentos aducidos por vía de prueba, basándose la Junta para no hacer el examen de estos últimos, en que se refiere a la correspondencia cruzada entre las partes, con motivo de las gestiones que hicieron los demandantes, siendo que también los que fueron analizados, forman parte de esa misma correspondencia, y el hecho aludido no excluye legalmente la obligación que le impone la ley, en los artículos 550 y 551 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia del trabajo 8803/42. Administración de los Ferrocariles Nacionales de México. 1o. de abril de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.