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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 421
CLAUSULA DE EXCLUSION, REINSTALACION DEL TRABAJADOR, POR APLICACION INDEBIDA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 421
Si la Junta consideró que no se aplicó en debida forma al trabajador, por el sindicato, la clausula de exclusión, debió condenar a la empresa a que los reinstalara en el trabajo, dentro de las mismas condiciones en que lo había venido desempeñando, y con todos los derechos y prerrogativas que tuviera reconocidos en el momento en que dejó de prestar sus servicios, y debió también condenar al sindicato a la aceptación de la reinstalación del obrero en la condiciones indicadas, si en tales términos se formuló la demanda, por lo que hace a dicha agrupación, y no se reclamó únicamente de ésta el reingreso del actor a su seno.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2581/41. Sousa Salazar Ricardo. 5 de abril de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.