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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 900
PRUEBA PERICIAL EN EL, PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 900
Si de la simple lectura de los dictámenes emitidos por los peritos de la parte actora y de la parte demandada, se nota que existen discrepancias en los mismos, es claro que la prueba pericial no se practicó conforme a la ley, ya que era necesario que se designara un perito tercero en discordia, y en tales condiciones, se violó el procedimiento privando de defensa al quejoso, y debe concedérsele la protección federal, a fin de que se reponga el procedimiento desde que fue violado, nombrándose al efecto un perito tercero en discordia, para que rinda su dictamen y se dicte el laudo que corresponda.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10470/42. Vázquez Chávez Teodoro.- 8 de abril de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.