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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1033
PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS JUNTAS, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1033
Si el quejoso en amparo reclama que la Junta responsable no hizo el correspondiente análisis de lo manifestado por los testigos para determinar si ellos pudieron tener conocimiento de los hechos sobre que depusieron, dicho concepto de violación debe estimarse justificado, si lo único que la Junta dijo al respecto, fue que la acción intentada se hallaba comprobada por el dicho de los testigos, pues esto no llena las exigencias del artículo 553 de la Ley Federal del Trabajo, que requiere en su fracción II, la expresión de los fundamentos que se tengan para apoyar la resolución.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9487/42. Baeza Venancio.- 9 de abril de l943.- Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.