Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/375260
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1200
TRABAJADORES FALLECIDOS, CERTIFICADO DE DEFUNCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1200
Los certificados de defunción de los trabajadores, carecen de valor probatorio, cuando, además de no ser ratificados en juicio, el médico que lo extendió no dice haber practicado los análisis respectivos radiológico e histopatológico, para que, como resultado de ellos, hubiera llegado a la conclusión de que el trabajador había muerto de sílico-tuberculosis pulmonar. El certificado de defunción sólo sirve para probar el hecho del fallecimiento, pero no la causa, pues esto se prueba solamente con el certificado de autopsia; y con respecto al examen histopatológico hecho de fragmentos del pulmón del finado, debe decirse que si no se exhibió el certificado de autopsia, ni se rindió prueba alguna respecto de que se haya practicado, no se puede tener la certeza de que los cortes de pulmón observados, se hubieran tomado del finado, acreciendo de fuerza el dictamen respectivo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3776/42. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A..- 12 de abril de 1943.- Mayoría de tres votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Disidente: Antonio islas Bravo. Relator: Roque Estrada.