Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/375289
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375289
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1944
ENFERMEDADES PROFESIONALES, INDEMNIZACION POR MUERTE DEBIDA A LAS (PULMONIA).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1944
Si se reclama indemnización por muerte debida a enfermedad profesional, señalando como tal una pulmonía, debe decirse que como ésta no es de las catalogadas entre las enfermedades profesionales que señala la Ley Federal del Trabajo, debe comprobarse en autos que la que padeció el obrero y que le ocasionó la muerte, fue adquirida en el trabajo o con motivo del mismo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9649/42. Peñaloza viuda de Hernández Cruz.- 20 de abril de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.