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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2451
SILICOSIS ENTRE LOS MINEROS, PRESUNCION DE SU EXISTENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2451
Si está probado en autos, que el quejoso trabajó en el interior de una mina, el tiempo suficiente para que exista la presunción de que la silicosis que padecía la contrajo al servicio de la empresa demandada, del hecho de que posteriormente el obrero haya trabajado como gambusino, no puede concluirse que haya elementos suficientes para que dicha presunción quede destruida, ya que el trabajo de gambusino es el de buscar vetas de metal, que generalmente se desarrolla en la superficie de la tierra y no en el interior de una mina, y debe concluirse que al tener la Junta responsable por probada, la acción del trabajador respecto a esa enfermedad profesional, no puede causar agravio alguno a la empresa demandada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 944/43. The Cananea Consolidated Copper Co., S.A.- 29 de abril de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilio López Sánchez.