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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375314
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2544
LAUDOS ABSOLUTORIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2544
Si entre las autoridades responsables, el quejoso señala a algunas como ejecutoras, y el laudo combatido en el amparo fue absolutorio, de esto se sigue que por no ser dicho laudo susceptible de ejecución, no existen actos por parte de esas autoridades ejecutoras, por lo que debe sobreseerse en el juicio de garantías, por lo que atañe a las mismas, en acatamiento a lo preceptuado en la fracción IV, del artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4337/42. Hernández Francisca. 30 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.