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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2608
CONTRATO DE TRABAJO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2608
Si se formula posición en este sentido: "que no se le otorgó por el suscrito el contrato de trabajo por escrito", y el actor contesta afirmativamente, esta contestación no puede demostrar sino que no existía entre el actor y la parte demandada contrato escrito de trabajo; pero de ninguna manera puede asegurarse que con esa contestación, se demostró la no existencia del contrato de trabajo; y al haber considerado esto último la autoridad responsable, violó con ello el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, por haber falseado la prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 496/43. Leyva Homobono. 30 de bril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.