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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2846
ESCUELAS ARTICULO 123, AMPARO CONTRA EL COBRO DE SUELDOS CORRESPONDIENTES A MAESTROS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2846
Si se reclama en amparo el cobro de sueldos de profesores de Escuelas Artículo 123, no procede sobreseer, porque no se haya ocurrido antes al juicio de oposición, a que se refiere el artículo 160, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, toda vez que ese juicio solamente procede cuando la oficina encargada del cobro, infringe las disposiciones legales, al apreciar las normas exactoras. Por otro parte, no es exacto que no se afecten los intereses jurídicos del quejoso, cuando se pretende obligarlo a sostener Escuelas Artículo 123, sin que tenga esa obligación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6335/42. Hacienda de Santa Cruz y el Cortijo", S.C.P.- 4 de mayo de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.