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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3306
TRABAJO, FUNDAMENTO DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3306
Si como fundamento de la acción, se cita el contrato de trabajo, y éste no obra en autos, y la parte actora no lo exhibió durante la tramitación de la reclamación, ni aportó copia certificada del mismo, ni señaló el archivo u oficina donde se encontraba para que se compulsaran por el secretario del grupo que conocía del juicio, los artículos invocados en la demanda respectiva, del referido contrato, fundamento de la acción entablada, es de concluirse que faltó la prueba del derecho reclamado y que la parte actora no justificó su acción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7489/42. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México.- 10 de mayo de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.