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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3508
NOTIFICACIONES EN MATERIA DE TRABAJO, NULIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3508
Si el quejoso consideró mal hecha la notificación de emplazamiento que le hizo el actuario de la Junta responsable, debió haber procedido en los términos que establece el artículo 446 de la Ley Federal del Trabajo, y si no lo hizo, no puede pretender la nulificación de esa notificación en el juicio de amparo, pues éste no es el medio legal para lograrla.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4346/42. Escartín Rafael.- 12 de mayo de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: José Ma. Mendoza Pardo.os.