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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3523
PRUEBAS EN EL AMPARO INDIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3523
Los Jueces de Distrito tienen la obligación de analizar únicamente las pruebas que tiendan a demostrar las violaciones de garantías invocadas por el quejoso, y a su vez, las pertinentes que acrediten la constitucionalidad de los actos motivadores de la queja, pero no aquellas que no tengan relación alguna con los actos reclamados.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8465/42. Corrales de Vázquez Jovita.- 12 de mayo de l943.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: José Ma. Mendoza Pardo.