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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375396
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3922
TRABAJO, FALTA DE CONTESTACION A LA DEMANDA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3922
Si el trabajador demandó a la empresa el cumplimiento de su contrato de trabajo, y la negociación no compareció habiéndose dado por contestada la demanda afirmativamente, salvo prueba en contrario, es indudable que esa prueba debió concretarse a demostrar la falta de relación contractual, o el hecho de que no hubo despido sino abandono del trabajo, pero no debieron ofrecerse pruebas para demostrar que dicho trabajador había dado causa para la rescisión del contrato, porque esto sería materia de una excepción, que por no haberse opuesto, no pudo haber sido resuelta por la Junta, la que al desestimar las pruebas ofrecidas para demostrar esa excepción, no causó con ello agravio alguno a la parte quejosa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6624/42. Laboratorios Biofarma, S.A.- 3 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.