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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3945
ESCRITOS, COMO PRUEBAS EN EL AMPARO, NO ES NECESARIA LA RATIFICACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3945
No puede decirse que exista infracción de los artículos 260 y 272 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 150 de la Ley de Amparo, por no haberse decretado la ratificación del reconocimiento de firmas de un escrito ofrecido como prueba en el amparo, en virtud de que dichos preceptos no obligan la ratificación de escritos, ni es necesaria la misma, para que surtan sus efectos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 396/42. Unión de Trabajadores Mexicanos. 3 de junio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.