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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375402
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3959
TRABAJO, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA EL EMPLAZAMIENTO EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3959
Contra el emplazamiento que se haga a una empresa, para que conteste una demanda de trabajo entablada en su contra, no procede la suspensión, porque el procedimiento ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje es de orden público, y por tanto, no llenándose el requisito de la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo, la suspensión debe negarse.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 10053/42. Siempre Lista Mining Co., S.A.- 3 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.