Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/375403
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3997
TESTIGOS ANTE LAS JUNTAS, RETRACTACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3997
Si la Junta responsable, consideró inconducente una acta en que tres testigos declararon que los veladores que estamparon sus huellas digitales de conformidad con determinado hecho, fueron sorprendidos, es claro que obró correctamente, porque con ese documento no se podían acreditar las horas extras trabajadas por los reclamantes, ya que sólo se refiere a las declaraciones de tres de los actores, en el sentido de su inconformidad, por haber estampado dichas huellas digitales, y resulta incuestionable que las declaraciones rendidas en un documento, mostrando determinada conformidad por todos los veladores, no pueden desvirtuarse por la sola circunstancia de que tres de ellos se retracten declarando que sus huellas digitales fueron estampadas por sorpresa, y sería indebido conceder el amparo para que se diera a aquel documento el valor de una retractación general, que invalidara las aludidas declaraciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4542/41. Hernández Juan y coags.- Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.