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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4266
DESPIDO INJUSTIFICADO, RESPONSABILIDAD POR EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4266
Si el trabajador reclamante, dejó de prestar sus servicios en un banco, para desempeñar el puesto de subgerente de una razón social, y no existe prueba alguna en autos, de la que aparezca que esa razón social se encuentre controlada por el banco, debe estimarse que el despido que en perjuicio del trabajador, haya llevado a cabo la razón social de que se trata, no implica responsabilidad alguna para el repetido banco, pues es indudable que desde el momento en que el trabajador dejó de prestar sus servicios en éste, termino el contrato de trabajo que con el mismo había celebrado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9694/42. Banco del Pacífico, S. A. 9 de junio de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Hermilo López sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.