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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375422
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4564
CONFLICTOS INTERGREMIALES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, QUE NO PUEDEN RESOLVERSE EN EL AMPARO (DESCUENTOS SINDICALES).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4564
Si los quejosos afirman en la demanda de garantías, que están conformes en contribuir al sostenimiento de la organización sindical a que pertenecen, y solo discuten que los descuentos que se les hace, se entreguen a determinada persona y no a quien ellas consideran que el verdadero secretario general de la sección de que forman parte, esto implica la existencia de un conflicto intergremial entre los componentes de la propia sección, el cual no puede dilucidarse en la vía de garantías, sino mediante los procedimientos adecuados y por las autoridades designadas en el estatuto jurídico de los empleados al servicio del estado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4300/41. Dávila Martínez Catarino y coagraviados. 11 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.