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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5299
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5299
Si la Junta no dio valor probatorio a las declaraciones hechas en un proceso penal, con ello violó el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, ya que este precepto no autoriza a las juntas a desestimar declaraciones hechas en tales procesos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10697/42. González viudad de Rangel María. 21 de junio de 1943. Mayoría de tres votos. Disidente: Hermilo López Sánchez, Relator: Antonio Islas Bravo.