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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375460
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5659
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO, NECESIDAD DE LA EXISTENCIA DE ESTA INSTITUCION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5659
La prescripción es una institución necesaria en la vida económica de los pueblos, que el derecho reconoce y que tiene por objeto la seguridad en las relaciones económicas de las personas; y en esa virtud, también tuvo que reconocerse en la legislación obrera, tanto más cuanto que ésta norma las relaciones entre el capital y el trabajo en forma tal, que si bien protege los intereses obreros, también está interesada en que el otro factor de la producción tenga la seguridad que garantice la misma. Por tanto, no puede decirse que el reconocimiento de la existencia de la destrucción de la base sobre la que se sustenta la legislación del trabajo, o las conquistas obreras.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10527/42. Vargas González Francisco.- 23 de junio de 1943.- Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Mendoza Pardo y Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.