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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375479
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5948
ACCIDENTES DE TRABAJO, REQUISITOS PARA LA EXISTENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5948
Si el certificado de autopsia que se practicó al trabajador, se viene en conocimiento que éste falleció de una hemorragia cerebral, sin que existiera una causa exterior sobrevenida durante el trabajo, en ejercicio de éste, o como consecuencia del mismo, o que la motivó una lesión interna determinada por un esfuerzo violento producido en las anteriores circunstancias; esto es, si la opinión técnica contenida en el certificado mencionado, demuestra la inexistencia de una causa externa determinante del fallecimiento, no puede afirmarse la existencia del riesgo profesional, aunque la muerte hubiere acontecido durante las labores encomendadas al obrero, por no llenarse en el caso, los requisitos señalados por la ley, para admitir al existencia de ese riesgo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1367/43. López viuda de López María.- 25 de junio de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.