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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
375494
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6334

PATRONO SUSTITUTO, LA DECLARACION DE, NO ES RECURRIBLE EN AMPARO ANTE LOS JUECES DE DISTRITO.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6334

Precedentes

Tomo LXXVI, página 7238. Indice Alfabético. Amparo 1887/43. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXVI, página 6334. Amparo en revisión en materia de trabajo 985/43. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Antonio Islas Bravo.
Registro digital (IUS): 375494