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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 159
CONTRATO DE TRABAJO, CASOS EN QUE DEBE ADMITIRSE SU EXISTENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 159
Si de las declaraciones de los testigos aparece que el actor sólo ayudaba, en ocasiones, a sus parientes, por muy corto tiempo, en el trabajo que desempeñaban en la fábrica de la propiedad del demandado, así como que aquél era retribuido por las personas a quiénes ayudaba, con una gratificación que éstas le daban, no puede tenerse por comprobada la relación de subordinación y menos aún la de dependencia, entre el actor y el dueño de la fábrica, para el efecto de que pudiera estimarse que entre ambos existía una relación contractual de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4344/42. Flores Ferrer Luis. 5 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.