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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375532
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 576
TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 576
Si de autos aparece que los trabajadores desobedecieron repetidas ocasiones, las órdenes dadas por el patrono, para atender las que recibían del sindicato a que pertenecían, con ello se demuestra la improbidad de los obreros y es constitucional el laudo que declara legal la separación de dichos trabajadores.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8068/42. Quintero Rebeca y coag. 8 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.