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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 905
PATRONO SUSTITUTO, PRESTACIONES DE TRABAJO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 905
La condena contra la empresa demandada debe abarcar el tiempo anterior a la constitución de la nueva empresa que tuvo el carácter de patrono sustituto, y no sólo desde la fecha en que se constituyó la nueva sociedad, debiendo tomarse en consideración que el trabajo desempeñado por el obrero en días festivos y de descanso obligatorio, debe pagarse en los términos que previene el artículo 92 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1809/42. Ruiz Sahagún Fabián. 13 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.