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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1397
SEPARACION JUSTIFICADA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1397
Es indudable que el patrono procede con justificación al separar un obrero, si este último agredió y lesionó a un superior en horas de trabajo y en el lugar en donde era desempeñado por ambos, con la consiguiente alteración de la disciplina y por una causa que sólo acredita manifiesta desobediencia del trabajador para desempeñar el trabajo, con pretexto que era inhumana la distribución de determinadas tareas, lo cual queda desvirtuado por la demanda del propio trabajador, en la que expresa que el día de los hechos, la distribución se realizó en la forma acostumbrada, por lo implícitamente admite que no se trataba de tareas extraordinarias, y si no obstante, la Junta responsable condena al patrono a la reinstalación del obrero y a pagarle los salarios caídos, a pesar de no estar demostrado que el obrero hubiere sido agredido, ni obrado en legítima defensa, procede conceder el amparo al patrono, contra el laudo condenatorio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8989/42. American Smelting and Refining Company, Planta de Avalos, Chihuahua. 18 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.