Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/375593
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1625
INDEMNIZACION EN MATERIA DE TRABAJO, MODO DE CALCULARLA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1625
Si el contrato colectivo, no tiene ninguna estipulación sobre que la indemnización por la muerte del trabajador, deba calcularse de acuerdo con el artículo 294 de la Ley Federal del Trabajo, debe estarse a lo que dicho contrato colectivo disponga.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8362/42. Andrade Miguel y coaga. 20 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.