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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375603
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1757
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1757
Si en el laudo pronunciado por una Junta, no se entró en el estudio y análisis de las pruebas ofrecidas por el trabajador, con ello se infringe el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo y debe otorgarse la protección federal a fin de que se dicte nuevo laudo, en el que se haga el estudio y apreciación de las pruebas rendidas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7908/37. Bernal José. 21 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Hermilo López Sánchez.