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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2436
LAUDOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2436
Si habiéndose dictado el laudo correspondiente en una reclamación, se requiere a una empresa por medio de su representante legal, para que haga el pago de una cantidad, y para que se reponga en el trabajo a los trabajadores reclamantes, y dicho representante expresa: que en el acto entrega la cantidad exigida y manifiesta estar de acuerdo en reponer a los expresados trabajadores en su trabajo, y que deberán presentarse en determinado día, para tomar posesión de sus puestos, habiéndose asentado en el acta respectiva que los actores estuvieron conformes en recibir la cantidad en cuestión, y en presentarse a la hora señalada en el día fijado; y posteriormente al laudo condenatorio para la empresa, ésta lo reclama en el juicio de garantías, debe sobreseerse en este, de acuerdo con la fracción XI del artículo 73 de la Ley de Amparo, en acatamiento a lo dispuesto en la fracción III del 74, del mismo ordenamiento, por tratarse de actos consentidos, ya que la manera en que se expresó el representante de la negociación al ejecutarse el laudo, evidentemente constituye una manifestación de voluntad que entraña ese consentimiento.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4030/42. Compañía Hulera "Euzkadi", S. A. 29 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Hermilo López Sánchez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CI, página 1976, tesis de rubro "LAUDOS SOBRESEIMIENTO DICTADO EN EL AMPARO CONTRA LOS, POR HABER EXHIBIDO LA PARTE DEMANDADA LA CANTIDAD A QUE RESULTO CONDENADA.".