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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2443
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO, INTERRUPCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2443
No puede decirse que la prescripción de la acción sobre diferencias de salarios se interrumpa, porque el patrono hubiere empezado a cubrir el salario mínimo, a partir de determinada fecha, ya esta circunstancia no implica el reconocimiento del derecho capaz de interrumpir la prescripción, en los términos que establece el artículo 332 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7432/42. Arnaud Esperanza. 29 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.