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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2470
TRIBUNAL DE ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2470
El Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, establece un procedimiento para reclamar los acuerdos de los titulares del poder, que dichos trabajadores consideren indebidos, y es éste el objeto del Tribunal de Arbitraje. Ahora bien, lo que la Cuarta Sala de la Suprema Corte tuvo en consideración en su ejecutoria de veinticinco de marzo de mil novecientos cuarenta y uno, dictada en el amparo promovido por Enrique Sosa Jurado (8553-40), fue que era procedente el juicio constitucional, porque el procedimiento seguido ante el Tribunal de Arbitraje no proveía la suspensión del acto reclamado, criterio que ya fue abandonado por esa Corte.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3684/42. Muñoz Cerrillo Roberto y coags. 29 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.