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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2713
JUNTAS DE MEJORAS MATERIALES, NATURALEZA DE LAS RELACIONES QUE TIENE CON SU PERSONAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2713
Conforme a lo prevenido por la fracción III del artículo 4o. de la ley orgánica que rige el funcionamiento de las Juntas de Mejoras Materiales, éstas tienen entre otras facultades, la de poder nombrar el personal que presta sus servicios en la construcción y administración de las obras en que dichas Juntas intervengan o les sean encomendadas; y si dicho personal queda sujeto, atenta la índole de las labores que realiza, a una contratación que no puede ser sino de trabajo, es indudable que las relaciones de la Junta de Mejoras Materiales con ese personal, solamente pueden estar regidas por las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, lo que también se corrobora con lo que previene en su parte final, el artículo 5o. del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, actualmente en vigor.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3905/42. Junta Federal de Mejoras Materiales del Puerto de Veracruz. 1o. de febrero de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.