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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3130
TERCERO EXTRAÑO AL CONFLICTO DEL TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3130
Es antijurídico sobreseer en al amparo pedido por el tercero extraño al conflicto de trabajo, fundándose en que debió promover tercería ante la Junta respectiva, antes de acudir al juicio de garantías. La Suprema Corte ha establecido que no son incompatibles la coexistencia del juicio de amparo y de las tercerías, porque aquél se refiere a la posesión y éstas a la propiedad; además, la fracción IX del artículo 107 constitucional, no obliga a los terceros extraños al juicio a agotar previamente al de garantías, recursos o medios de defensa ante la autoridad común; por otra parte, si un inmueble está inscrito a favor de determinada persona en el Registro Público de la Propiedad, los actos que sin forma de juicio afecten en el dominio que le pertenece, violan en su perjuicio las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6904/42. Bretón Sara. 3 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.