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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3286
CONTRATO COLECTIVO, ALCANCE DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3286
Las estipulaciones del contrato colectivo de trabajo, no pueden hacerse extensivas a trabajadores que desarrollan sus actividades en condiciones diversas y con objetos distintos de aquellos a los que se refiere dicho contrato; por lo que el contrato que respecto de dichos trabajadores se celebre y el cual se establezca la remuneración que les corresponde, no puede considerarse contrario al contrato colectivo y surte todos sus efectos legales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8403/42. Vázquez Doroteo y coag. 4 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.