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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3297
DOCUMENTOS ANTE LAS JUNTAS, OBJECIONES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3297
Si la parte actora objetó la prueba documental rendida por la demandada, consistente en unos recibos, manifestando que éstos los había firmado en blanco y tachando de falsedad su contenido, debe decirse que esta objeción implica necesariamente el reconocimiento de la autenticidad de la firma, y habiéndose opuesto la falsedad de los documentos, era a la actora a quien incumbía demostrar, por lo menos, la certeza del hecho de haber firmado en blanco, para que la objeción pudiera tener validez.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10241/42. Hernández Esperanza. 4 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.