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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375683
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3311
DESPIDO INJUSTIFICADO TRATANDOSE DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO A DESTAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3311
Tratándose de un contrato de trabajo a destajo y por tiempo determinado, al trabajador incumbe la prueba del hecho material del despido, pues si se tienen en cuenta los términos de la contratación, es indispensable que la Junta respectiva llegue al convencimiento de que el trabajador había dejado sus labores por culpa del patrón, no obstante que persistían las condiciones en virtud de las cuales se requirió la prestación de los servicios; con mayor razón, si la empresa se excepcionó alegando que el contrato de trabajo había concluido, porque se había agotado la materia del mismo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7453/42. Bonifaz Felipe P. 4 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.