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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3368
SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO, EN QUE PARTE DEBE EXPRESARSE LA DECLARACION DE SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3368
La circunstancia de que el Juez de Distrito no haya hecho una declaración en la parte resolutiva de su fallo, acerca de que no procedía el sobreseimiento que le fue solicitado, no irroga agravio alguno, si examinó la causal que le fue invocada y esgrimió las consideraciones consiguientes para considerarla improbada, declarándolo así en el considerando relativo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4910/42. Barrón Colmena, S. A. 4 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: José María Mendoza Pardo.