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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375726
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4088
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, RESOLUCIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4088
No es atendible la argumentación de que, por virtud de que esta Suprema Corte de Justicia, sea la que conozca en última instancia de las resoluciones dictadas por el Tribunal de Arbitraje, puedan resolverse desde luego, en un juicio de garantías, cuestiones de las que, por razón de competencia, deba conocer previamente el citado Tribunal de Arbitraje.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7991/42. Pérez López Francisco. 16 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.