Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/375732
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4255
SALARIOS, NIVELACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4255
Si el actor no se cuidó de comprobar en primer lugar, en qué consisten las labores que debe desempeñar, en el caso, un mayordomo, en segundo, que él las había desempeñado, y en tercero, el monto del salario que corresponde al mencionado puesto, a efecto de que prospera su nivelación de sueldo y pago de diferencias de salarios de demandó, resulta que la Junta responsable debió absolver a la demandada y no condenarla en la forma en que lo hizo, al tratar de invertir la carga de la prueba; pues para que prospere una acción de nivelación de salarios, se hace necesario que el actor compruebe debidamente que sus labores son iguales en calidad y cantidad, con las de los obreros con cuyo sueldo pretende le nivelación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6403/42. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 17 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.