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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375775
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5352
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5352
Debe comprobarse de acuerdo con las reglas establecidas en el derecho común, como lo dispone el artículo 12 de Ley de Amparo, con la única excepción de los casos en que la personalidad se encuentre reconocida ya por la autoridad responsable.
Precedentes
Reclamación 6187/42. Abel Valadez. 3 de marzo de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes. Antonio Islas Bravo y Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.