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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5524
ENFERMEDAD PROFESIONAL CAUSANTE DE LA MUERTE, PRUEBA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5524
No basta que exista demostración plena de que el obrero padecía determinada enfermedad profesional, para determinar que dicho padecimiento fue la causa de la muerte, pues si no se practicó la autopsia del cadáver, el certificado de defunción no tiene más valor probatorio que el que le confiere la ley, en relación con la defunción; mas no por lo que hace a la causa de ésta, sobre todo, si el mismo no funda sus conclusiones en ningún examen clínico o de laboratorio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6908/42. San Francisco Mines of México, Limited. 4 de marzo de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.