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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375808
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6097
HEREDEROS, OBLIGACION DE LOS, POR CONTRATOS DE TRABAJO CON EL AUTOR DE LA SUCESION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6097
Si el heredero demandado, manifiesta que es causahabiente del autor de la sucesión y que los trabajadores reclamantes estuvieron al servicio de éste, esta confesión, en manera alguna prueba que los obreros hayan celebrado contrato de trabajo con el heredero demandado, pues aunque haya manifestado que lo es, si la demanda no se endereza contra la sucesión, la Junta respectiva obró correctamente al declarar que no quedó comprobado el nexo contractual entre el heredero y los reclamantes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8108/42. Barrón Mario y coags. 10 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.