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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6097
LAUDOS ABSOLUTORIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6097
Si el amparo se endereza contra un laudo absolutorio, que no tiene ejecución, debe sobreseerse por lo que toca al presidente de la Junta respectiva, con apoyo en lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 74, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8108/42. Barrón Mario y coags. 10 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.