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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375831
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6946
DEPENDIENTES ECONOMICOS Y PARIENTES DE LOS TRABAJADORES FALLECIDOS, PRUEBA INSUFICIENTE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6946
Con los recibos con que la quejosa se dio por recibida de unas sumas, como importe de los gastos funerarios del trabajador fallecido y de la caja mortuoria que sirvió para el sepelio, no se acredita ni el parentesco, ni la dependencia económica de dicha quejosa, con el referido trabajador, y no son suficientes para presumir que la empresa hubiera aceptado que la reclamante era esposa del finado, pues no debe dejar de tener en consideración, que el pago lo hizo la parte patronal en cumplimiento de obligaciones consignadas en el contrato colectivo de trabajo y con la urgencia que el caso requería, aunque la enfermedad que ocasionó la muerte no hubiera tenido el carácter de profesional.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9791/42. Farías viuda de Carranza Gudelia. 17 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.