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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7571
JUNTAS, PRUEBA TESTIMONIAL NO RENDIDA ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7571
Las declaraciones de testigos rendidas ante el agente del Ministerio Público respectivo, en la averiguación criminal instruida al trabajador, no acreditan que éste haya incurrido en faltas de probidad y honradez, pues si tales testigos no fueron careados con el interesado, no tuvo éste oportunidad de repreguntarlos o de ejercitar sus defensas, respecto de las imputaciones que le hicieron, y es indudable que las indicadas declaraciones carecen de valor probatorio, ya que para que pudiera estimarse lo contrario, hubiera sido indispensable que con citación del trabajador, dentro del conflicto y ante la propia Junta, se hubiese ofrecido y rendido la prueba testimonial de que se trata.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6169/42. Banco Nacional de Crédito Agrícola, S. A. 24 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.