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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7758
PROCEDIMIENTO OBRERO, TRATANDOSE DE LA DEMANDA Y SU CONTESTACION, NO SON APLICABLES DISPOSICIONES DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7758
Los artículos 188, 189, fracción I, 190 y 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no tienen aplicación tratándose de las reglas que deben seguirse para la demanda y la contestación, en los juicios laboristas, como supletorios de disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ya que este ordenamiento, en su artículo 518, establece las reglas para el caso, y siendo así, es claro que no tiene aplicación el derecho común.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7988/42. Espejo Santiago V. 25 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.