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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8239
ENFERMEDADES PROFESIONALES, DETERMINACION DE LA NATURALEZA DE LA INCAPACIDAD, TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8239
El hecho de que el trabajador haya expresado en su demanda, que desde determinada fecha tuvo que abandonar el lugar en que prestaba sus servicios a la empresa, para trasladarse a una población distinta, por padecer fuerte paludismo y hemorragias, no significa que desde esa fecha haya quedado determinada la naturaleza de la enfermedad, y tampoco puede llevar a tal conclusión, el documento en que se asiente que el obrero arribó enfermo a la población a que fue trasladado, "con síntomas de hemorragia palúdica", si dicho documento sólo constituye la opinión de dos testigos, sin autoridad alguna, para que pueda estimarse científicamente determinada la naturaleza de la enfermedad contraída, determinación que sólo puede lograrse mediante la intervención médica, con el diagnóstico del padecimiento del obrero.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7472/42. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 30 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.