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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8261
LAUDOS ABSOLUTORIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8261
Si no aparece acto alguno que sea imputable al presidente de la Junta señalado como responsable en el amparo, y el acto reclamado está constituido por un laudo absolutorio que no amerita ejecución, como fundamento en la fracción IV del artículo 74 de la ley reglamentaria del juicio de garantías, debe sobreseerse respecto de dicha autoridad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9040/41. Campaña Manuel. 30 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.