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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8289
CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, CUMPLIMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8289
Si se reclama la entrega de la negociación a los trabajadores, otorgada por falta de cumplimiento de un convenio por parte de la empresa, carece de justificación el sobreseimiento en el amparo relativo, basado en el cambio de situación jurídica del negocio, ya que tal cambio no existe, porque el hecho de que se dé posesión de los bienes, no implica que tales actos se encuentren consumados de modo irreparable; pues siendo los efectos del amparo eminentemente restitutorios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la ley reglamentaria del juicio de garantías, si se concede la protección constitucional, se restituye al quejoso en el pleno goce de la garantía individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes que se consumara la violación.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8199/42. "Condesa" S. de R. L. 30 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.